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Cambios en la normativa nacional: todo lo que debe saber el 2026 (parte 1)

Desde mi perspectiva como economista y experto en Compliance me permito compartirle estas breves notas acerca de algunos cambios importantes…

Desde mi perspectiva como economista y experto en Compliance me permito compartirle estas breves notas acerca de algunos cambios importantes que debe conocer en materia normativa y que aplicarán desde el 1 de enero de 2026, NO SON TODAS y si usted requiere de más información por favor comuníquese conmigo.

El pasado 21 de noviembre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó la primera lista de 270 Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, que dice: 

  1. Estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Vender productos y/o servicios a través de medios digitales.
  3. Haber proporcionado al SAT los receptores ubicados en territorio nacional que reciban sus servicios, clasificadas por tipo de servicios u operaciones y su precio, así como el número de los receptores mencionados, y mantener los registros base de la información presentada.
  4. Haber cobrado el IVA con una tasa del 16%.

Con base en lo dispuesto de la nueva miscelánea fiscal dicho listado se publicará de manera bimestral a más tardar los primeros 15 días de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.  

Destacan empresas con las que la mayoría de nosotros hacemos transacciones digitales, lo preocupante del tema es que no se esclarece ni en este comunicado ni de manera clara en la miscelánea y reformas a la Ley, para qué, bajo qué criterios cuántas veces y cómo será solicitada la información de contribuyentes, sólo se advierte que dichas empresas están sujetas a dichas reformas.

Vale la pena tener en cuenta esta información, porque dichas empresas deberán modificar sus Avisos de Privacidad, comunicarles a sus usuarios la nueva disposición de ley y en general, hacer ajustes de seguridad, toda vez que la autoridad le pida información para tener clara la trazabilidad en casos de vulneraciones.

Algunas de las empresas del listado son:

Airbnb  Alexa Internet.  Alibaba.Com  Amazon  Amazon Media  Amazon Mexico Services  Apple.  Blinks Labs GMBH.  Bloomberg Finance L.P.  Booking.Com B.V.  Browserstack, INC.  Canva PTY LTD.  Chess.Com.LLC.  Coursera, INC.  Didi Mobility Information  Ebay Marketplaces GMBH.  Temu.  Epic Games Commerce GMBH.  Espasa Calpe, S.A  Expedia Lodging Partner Services SARL.  Fitch Solutions, INC.  Freepik.  Google Commerce Limited.  Gympass.  Harvard Business School Publishing Corporation.  HBO Digital Latin America LLC.  Hostelworld.Com  Hotmart B.V. 
KAYAK.  Linkedin.  Match Group, LLC.  Microsoft Corporation  Midjourney, INC  MTV Networks Latin America INC.  NBA Digital Services International, INC  Nintendo Of America INC.  Paddle.Com.  Paycom Payroll, LLC.  Roblox Corporation  Roku, INC.  S&P Global INC. Sony Music Solutions INC.  Statista INC.  The Mind Hub Company, S.L.  Tiktok  Uber B.V.  Udemy, INC.  Vimeo.  Warnermedia Direct Latin America, LLC.  Wix.  World Compliance, INC  Twitter, INC.  Zoom Video Communications, INC.  Zwift, INC.

Son 270 empresas por el momento, vale la pena que revise el listado y que por esté consciente de que el 2026, viene con mayor rigor por parte de la Autoridad Fiscal en el manejo de la vigilancia financiera y fiscal.

Si usted quiere la lista completa y el comunicado lo puede obtener en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5773605&fecha=21/11/2025

Espero que esta información le sirva, nos leemos en breve.

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