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Tribunales dan la razón a Viva Aerobus: tarifa sin equipaje es legal

Se determinó que los pasajeros pueden acceder a tarifas preferenciales si renuncian a este derecho

La compañía Viva Aerobus informó que la sentencia emitida por los Tribunales Federales competentes consideró que su Tarifa Zero, que solo permite un artículo personal,  se encuentra en su totalidad apegada a lo que estipula la Ley de Aviación Civil.

Esta resolución a favor de la aerolínea resulta de un amparo interpuesto por la aerolínea, por la alerta emitida por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) el 1 de diciembre de 2021, cuya interpretación de la legislación difería con lo ofrecido 

La sentencia de la autoridad judicial determinó que los pasajeros pueden acceder a dichas tarifas preferenciales si deciden renunciar a su derecho de transportar equipaje de mano o equipaje documentado.

“Por consiguiente, tras esta resolución, tal alerta queda sin efecto y todos los pasajeros podrán seguir disfrutando de las ventajas de viajar ligero y ahorrando más con este tipo de modalidades de viaje”, expuso la empresa.

Asimismo, la aerolínea explicó que consciente de las diversas necesidades y perfiles de los pasajeros, ofrece cuatro modalidades de viaje que incluyen distinto número de maletas, de peso y tamaño diferentes. 

Y es que, señaló, con esto es capaz de proporcionar a sus pasajeros importantes descuentos, en beneficio de su economía, cuando no desean transportar cierta cantidad de equipaje, además de que les confiere de libertad y el derecho de elección para evitar pagos innecesarios por servicios no requeridos.

Viva Aerobus detalló que su tarifa base o estándar es Viva Smart, la cual incluye dos maletas de mano que suman hasta 15 kilos en total y 25 kilos de equipaje documentado, cumpliendo cabalmente con el equipaje establecido en la Ley de Aviación Civil.

Además de esta tarifa estándar, cuenta con tres tarifas preferenciales – Zero, Light y Extra- para quienes viajan ligero de acuerdo con el Capítulo X Bis de los derechos y las obligaciones de los pasajeros, Artículo 47 Bis, Apartado X.

“En caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, el concesionario o permisionario podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero”, mencionó.

Su Tarifa Zero incluye un artículo personal, cuyas medidas no excedan de 35x45x20 centímetros, como una bolsa de mano o mochila.

Fuente: forbes

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