En 1977 en medio de grandes escándalos financieros de corrupción y manejo de influencias, Estados Unidos promulgó la “Foreign Corrupt Practices Act” o FCPA por sus siglas en inglés que es la normativa que busca regular las malas prácticas que afectan al mercado por causa de Corrupción de empresa norteamericanas dentro y fuera de su país, hay que destacar que la FCPA no se aplica a todas las empresas del mundo, pero sí a empresas e individuos vinculados a Estados Unidos.
Esto último es muy importante, sobre todo porque la extraviada crítica -sobre todo de izquierda- ha dicho que este documento pretende regir al mundo, lo cual es falso.
La FCPA aplica a todas las empresas registradas en Estados Unidos, a empresas extranjeras con acciones en bolsas de valores estadounidenses y a individuos, como directores, ejecutivos y empleados, que actúen en nombre de una empresa sujeta a la FCPA,
Para ello la normativa contempla dos partes de aplicación:
- La primera son las Disposiciones Anti-corrupción (que aplican a «Personas de EE.UU.»)
- La segunda de Disposiciones sobre Registros Contables/Control Interno (que aplican a «Emisores de Valores en Estados Unidos»)
Esta ley dio pie a un área y disciplina empresarial denominada Compliance, que es un sistema de gestión que se encarga de que las actividades de una organización cumplan con las leyes y regulaciones. A esto también se le conoce como “Cumplimiento normativo”, lo comenzaron a aplicar empresas norteamericanas con base en lo estipulado por la FCPA, pero luego empresas a las que no aplicaba, comenzaron a alinearse con esta norma internacional, obligando a diferentes organismos internacionales y países, a diseñar sus propias normas.
Compliance en el mundo
El mapa del cumplimiento normativo se ha ido definiendo a través de diversos esfuerzos para alinear las practicas empresariales con el Gobierno desde distintos organismos y son los países los encargados de adherirse a esta normativa en aras de procurar la transparencia y garantizar las inversiones, es una especie de marco de actuación que le da confianza a los inversionistas.
Algunos de estos esfuerzos han sido:
• Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales adoptada por Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
Vigente desde Febrero 1999
Ratificada por 38 países incluyendo Argentina, Brasil, Canadá, España, Estados Unidos, México y Reino Unido.
• Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
Vigente desde Diciembre 2005
Ratificada por 143 países incluyendo Angola, Argentina, Brasil, China, Colombia, Cuba, . Egipto, Estados Unidos, Indonesia, México, Nigeria, Noruega, Perú, Reino Unido y Venezuela
• Convención Interamericana contra la Corrupción adoptadas por la Organización de los Estados Americanos (OEA)
Vigente desde Marzo 1997
Ratificada por 38 países incluyendo Argentina, Brasil, Canadá, Estados Unidos, México y Venezuela.
• Convención de la Unión Africana para Prevenir y Combatir la Corrupción
Vigente desde Agosto 2006
Ratificada por 31 países incluyendo Argelia, Congo, Madagascar, Nigeria, Sudáfrica, Tanzania y Uganda.
Estos acuerdos y tratados, varios de ellos firmados por México; han creado un ambiente -al menos en teoría- de cumplimiento y de esfuerzos conjuntos para frenar una serie de prácticas que afectan no solamente a los consumidores finales -o pueblo si se prefiere- sino a las finanzas de los gobiernos, calidad de los bienes y/o servicios que contrata, los movimientos en los mercados. La corrupción en el mundo tiene un valor estimado de un trillón de dólares al año como ha dicho el Banco Mundial y el Índice de Percepción de la Corrupción sirve para dirigir las inversiones de particulares.
La FCPA prohíbe básicamente
- Ofrecer, prometer o entregar pagos o algo de valor a funcionarios extranjeros. En su mayoría de los gobiernos, pero también a directivos, asociaciones o participantes particulares en mercados fuera de Estados Unidos.
- Y hacerlo con el propósito de influenciar al funcionario o de otra manera “asegurar cualquier ventaja indebida” para obtener, retener o dirigir negocios.
El encargado la aplicación de la FCPA es el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
¿Por qué es importante este tema?
El pasado 10 de febrero, el presidente Trump firmó una orden ejecutiva que ponía en suspenso justamente ésta acta, argumentando que si la elimina o en este caso, suspende “llegarán más negocios a Estados Unidos”.
Sus palabras fueron: «Suena bien, pero daña al país. Muchos, muchos acuerdos no se pueden concretar porque nadie quiere hacer negocios, porque no quieren sentir que cada vez que levantan el teléfono van a ir a la cárcel».
Esto deja ver que la intención, es atraer negocios -lo cual es correcto y deseable- pero utiliza lenguaje engañoso, actualmente hay empresas que ponen como condición que su contraparte tenga políticas anticorrupción, también algunos países buscan mejorar su índice de percepción de la corrupción para atraer inversión.
La corrupción es un fenómeno cuasi global, según el World Comliance Assosiation el Top Ten de casos sanciones a empresas que violaron el FCPA, son:
1. Siemens (Alemania): $ 800 millones en 2008.
2. Alstom (Francia): $ 772 millones en 2014.
3. KBR / Halliburton (EE.UU.): $ 579 millones en 2009.
4. Teva Pharmaceutical (Israel): $ 519 millones en 2016.
5. Och-Ziff (EE.UU.): $ 412 millones en 2016.
6. BAE (Reino Unido): $ 400 millones en 2010.
7. Total SA (Francia) $ 398 millones en 2013.
8. VimpelCom (Holanda) $ 397,6 millones en el 2016.
9. Alcoa (EEUU) $ 384 millones en 2014.
10. Snamprogetti Netherlands BV / ENI SpA $ 365 millones en 2010.
Pero hay muchos casos por debajo de esta lista y muchos más que fueron denunciados y sancionados pero no vinculados a la FCPA.
No es una buena idea suspender la FCPA, porque cada acto de corrupción va en detrimento de todos. De hecho en diciembre de 2023 la administración Biden promulgaba la Ley de Prevención de Extorsión Extranjera (Foreign Extortion Prevention Act “FEPA” bajo el argumento de la “creciente preocupación sobre la corrupción internacional y sus implicaciones para los ciudadanos de Estados Unidos en el extranjero” ¿nota la diferencia? el enfoque de Trump es hacer negocios a costa de lo que sea, atraer dinero a Estados Unidos -o América, como él le llama- mientras que las administraciones anteriores se enfocaron en la ciudadanía -o pueblo si se prefiere- y su protección.
Seguramente Trump confunde los gastos de venta como una cena de negocios, una cortesía para ir al juego de beis bol, productos promocionales, gastos en convenciones, obsequios a los clientes frecuentes o celebraciones por el cierre de negocios, etc. que pueden y son acotados en las políticas anti corrupción que adoptan las empresas en el marco de Compliance; con sobornos es decir, dar comisiones por la aceptación de proyectos, pagar amenidades para adultos, o cierre de negocios a cambio de subvenciones para la contraparte en el gobierno.
Confunde y generaliza el trabajo de hacer negocios, porque no todas las empresas temen a las auditorías de la autoridad pues no todas hacen negocios por esta vía.
Además, Compliance es una industria, hay despachos de consultoría especializada, que alinean procesos de sus clientes al cumplimiento; despachos contables que auditan los procesos contables y financieros al cumplimiento y recomiendan acciones para procesos que tardan años; hay también un buen número de grupos de investigación para lograr la Duedilligence que requieren los contratantes incluso traspasando fronteras.
Dejar todo esto de lado por un argumento tan vago y simplista es un desatino, por decir lo menos.
La FCPA sentó un precedente importante para la alineación hacia el combate a la corrupción internacional propiciada por la voracidad de las empresas y su colusión con los gobiernos, de esto nos dice mucho Stiglitz premio nobel de economía en su libro “Capitalismo progresista”, pero Trump ni lo ha leído ni le interesa.
La decisión de Trump es una mala señal para las empresas locales, los organismos independientes que combaten la corrupción en sus países y en general para los consumidores del planeta, porque de nuevo se han dividido dos bandos en el mundo, aquellos que buscan frenar la corrupción con estrategias y leyes, y las empresas norteamericanas que han quedado libres de cumplimiento, al menos temporalmente.
¿Y México?
En la siguiente entrega haré un escaneo de lo que sucede en nuestro país.
Por el momento hagamos dialogo y escríbame a mh.consultores@hotmail.com me interesa saber su opinión.
